VACACIONES DE VERANO. Cuestiones que habitualmente plantean los clientes.
Si el convenio no fija los periodos vacacionales concretos que corresponden a cada progenitor, dejando lagunas en cuanto a la elección de los mismos, que debemos hacer? En primer lugar los letrados deberían interpretar el convenio o medidas y asesorar a las partes en aras a lograr un acuerdo. En caso de que esto no se lograra, las partes acudirán al Juez ( proceso de jurisdicción voluntaria), a fin de que determine los periodos vacacionales que corresponden a cada uno; eso, si con la suficiente antelación, toda vez que, por desgracia la respuesta judicial no es lo ágil que esperamos.
Pensión alimentos: debe abonarse al progenitor custodio, los 12 meses del año independientemente de que el menor o los menores no esten con este? : Si, dado que los gastos se prorratean en doce mensualidades, y comprenden los cinco grandes aspectos ( vivienda y vestido, sanidad, alimentacion, educación y formación, ocio)
Se interrumpe el régimen de visitas ordinario durante los periodos de vacaciones de verano?:Si. el régimen de visitas de fines de semana y días intersemanales, si los hubiera, queda interrumpido, sin perjuicio de que los progenitores puedan acordar lo contrario.
Si el convenio no lo dispone, donde se deben hacer las entregas y recogidas del menor: En el caso de guarda exclusiva, en el domicilio habitual del menor. En el caso de guarda compartida, donde convenga mas al menor, o donde este se encuentre, recogiéndolo el progenitor que inicia su periodo vacacional.
El régimen ordinario de fines de semana, si el convenio no expresa nada al respecto, como se reanuda?. Interpreta nuestros tribunales, siempre teniendo en cuenta el interés del menor, que el primer fin de semana, tras las vacaciones, corresponderá al progenitor que no haya disfrutado el ultimo periodo.
Es necesario que los progenitores faciliten la documentación del menor : Si, es necesario que el menor, y mas si va a viajar, lleve su DNI, pasaporte y documentos sanitarios.
E necesario el consentimiento del otro progenitor para viajar fuera del territorio nacional: Si el convenio o medidas no lo exigen, no es necesario el consentimiento, ya que no se trata de un traslado de residencia, sino de un viaje lúdico o turístico. En caso de que el menor no retornara, y se presumiera que hubiera inicios de cambio de residencia, si se aplicara el convenio de la Haya y se iniciaran las gestiones pertinentes para la restitución del menor.
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